Si bien el Partido Aprista presentó a tiempo su fórmula presidencial, dicha agrupación no hizo lo propio con sus 34 candidatos de la región de Lima, afirmó Luis Carrasco, presidente del JEE.
El presidente del Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro, Luis Carrasco, informó que el Partido Aprista Peruano, Perú Nación y Vamos Perú no presentaron sus listas de candidatos al Congreso antes que venza el plazo establecido en el cronograma electoral.
El funcionario detalló que si bien el Partido Aprista presentó a tiempo su fórmula presidencial, según la “red interna” del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dicha agrupación no hizo lo propio con sus 34 candidatos de la región de Lima.
“Con respecto a las listas congresales que están en el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2, de acuerdo a la información de la red interna, podemos ver que el APRA, Perú Nación y Vamos Perú no presentaron listas al Congreso. No están, por lo menos en el sistema, como organizaciones políticas que hayan presentado su solicitud de lista de candidatos al Congreso. Estoy hablando de Lima Centro 2”, sostuvo en diálogo con Canal N.
“Si no presentó lista al Congreso, definitivamente está fuera de tiempo. Estoy hablando de los candidatos al Congreso porque para formula presidencial [el Partido Aprista] si ha presentado. Se ha dado una circunstancia un poco híbrida”, señaló.
Cabe destacar que, según la plataforma electoral del JNE, el Partido Aprista Peruano solo ha presentado lista de candidatos al Parlamento para los distritos electorales de Junín, Arequipa y peruanos residentes en el exterior. En el resto de circunscripciones, incluyendo para el Parlamento Andino, no han formalizado su pedido de inscripción de postulantes.
Por otro lado, agrupaciones como Perú Nación, Vamos Perú y Todos por el Perú no solicitaron la inscripción de ningún candidato para las Elecciones Generales del 2021.
Luis Carrasco precisó que el Partido Contigo presentó una solicitud de inscripción pero lo hizo 1 segundo tarde según el sistema del JNE. Explicó que la procedencia de dicha solicitud “tiene que determinarse por la autoridad competente”.
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